"Hasta este momento se consideraba que el atentado contra el personal estatutario debía ser por agresión física, si bien esta sentencia implica que no tenga que ser física, para que sea considerada delito, sino que puede ser una agresión verbal con amenazas graves para darle esta consideración de atentado. De hecho, este extremo lleva reivindicándolo el Colegio de Médicos de Sevilla desde hace años."
Buen ejemplo.(Click)
Publicado en Jano el 13/12/2012.